Reglamento | Nuevo super… carro nuevo

Principal / Blog / Reglamento | Nuevo super… carro nuevo

REGLAMENTO, REQUISITOS Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN

NUEVO SUPER… CARRO NUEVO”

 

 

NUEVO SUPER…CARRO NUEVO es una promoción dirigida a los clientes mayores de edad, que realicen sus compras en la tienda de Supermercado Compre Bien Esparza, Puntarenas, costado oeste del Parque Pérez; La publicidad y la mecánica de la promoción NUEVO SUPER…CARRO NUEVO son propiedad exclusiva de SUPERMERCADOS COMPRE BIEN (Esparza).

 

PRIMERO. DEL OBJETIVO.  Estimular la compra de productos patrocinadores en el punto de venta de Esparza.

 

SEGUNDO. DEL ALCANCE. El presente reglamento regula esta Promoción, cuya vigencia inicia el 21 de noviembre de 2024 y termina el 31 de enero de 2025.

TERCERO.  DE LOS CONCEPTOS.

1) SUPERMERCADO.  Unidad de punto de venta ubicado en Esparza, quien establece la promoción NUEVO SUPER…CARRO NUEVO”.

2) REGLAMENTO. Es el documento que regula la promoción NUEVO SUPER…CARRO NUEVO”.

3) PROMOCIÓN.  Es la actividad promocional y publicitaria regulada por este reglamento y dirigida a clientes del Supermercado Compre Bien ubicados Esparza.

4) ACCIÓN ELECTRÓNICA. Cada una de las acciones electrónicas que se adjudiquen al cliente afiliado al programa de cliente frecuente Compre Bien por cada compra de tres productos patrocinadores diferentes, en Supermercado Compre Bien S.A. en su punto de venta de Esparza.

5) GANADOR: Cliente mayor de edad, al cual se le han adjudicado acciones electrónicas a su nombre mediante la titularidad del programa Cliente Frecuente Compre Bien, favorecido con el sistema electrónico aleatorio, de la promoción NUEVO SUPER…CARRO NUEVO que cumple con lo estipulado en el reglamento.

6) PREMIOS: Será un (01) vehículo Yaris Hatchback 2025.

7) PATROCINADORES. Lista de productos patrocinadores que auspician la promoción y que será exhibida en el punto de venta de Esparza y en el punto SEXTO del reglamento, para que los clientes puedan identificar cuáles artículos forman parte de la promoción.

CUARTO. DE LAS DISPOSICIONES GENERALES. El reglamento de esta promoción estará exhibido en el punto de venta de Esparza, así como en la página web oficial de Supermercados Compre Bien: https://comprebien.cr y podrá ser consultado libremente mientras la promoción se encuentre vigente.

QUINTO. REQUISITOS. Podrá participar en este Sorteo

  1. Toda persona mayor de edad.
  2. b. Toda persona que esté afiliada como titular del programa Cliente Frecuente Compre Bien
  3. Solamente aquellos que estén afiliados al programa de Cliente Frecuente Compre Bien y presenten al Cajero (a) la cédula antes del inicio de la facturación, se le acreditará a nombre del titular, una acción electrónica por cada tres productos patrocinadores en el periodo comprendido entre el 21 de noviembre de 2024 y termina el 31 de enero de 2025
  4. El sistema de información adjudica a cada acción electrónica los datos estipulados en la hoja de afiliación del programa de Cliente Frecuente Compre Bien firmada por el titular.
  5. Sólo participarán en el sorteo los clientes que estén afiliados al programa de cliente frecuente Compre Bien y presenten al Cajero (a) la cédula antes del inicio de la facturación y hayan comprado mínimo 3 productos patrocinadores en sus compras, a éstos se le adjudicarán las acciones electrónicas.
  6. Tener conocimiento de este reglamento y sujetarse a lo dispuesto en el mismo; el cual se colocará para conocimiento de los clientes y concursantes, en un lugar visible en el Supermercado Compre Bien S.A, ubicado en Esparza, Puntarenas, costado oeste del Parque Pérez

SEXTO. PRODUCTOS PATROCINADORES. Serán patrocinadores de la presente promoción aquellos productos que se señalen en la siguiente lista:

PROVEEDOR MARCA
MEGATROPICO S.A. HUEVO CRIOLLO
DISTRIBUIDORA CERVANTES S. A MR MUSCULO, GLADE
UNILEVER DE CENTROAMERICA S.A. DOVE, NATURAS, XEDEX, LIZANO
AGENCIAS FEDURO COSTA RICA S.A. BANANA BOAT, HAWAIIAN TROPIC
GRUPO AGROINDUSTRIAL NUMAR S. A CLOVER, LINK, 1820, MARUCHAN, PATITOS
COOPERATIVA DE PRODUCTORES DE LECHE DOS PINOS R. L DOS PINOS
DERIVADOS DE MAIZ ALIMENTICIO S.A. LUISIANA, RUMBA
PROGRAMATICA Y TECNOLOGIA DE PALMARES S.A. DOG CHOW, CAT CHOW, FELIX
CENTRO INTERNACIONAL DE INVERSIONES S.A. ARREO, COSECHAS MARINAS, MC CAIN
DISTRIBUIDORA DE VINOS Y ALIMENTOS POR ALPISTE S.A. PHILLIPO BERIO, GOYA, DIVELLA, SAN PELLEGRINO
SIGMA ALIMENTOS DE CR SA FUD, SAN RAFAEL, MONTEVERDE
BOURNE Y COMPAÑIA S.A. LEYENDA, BRITT
COCA COLA FEMSA DE COSTA RICA S. A COCA COLA
ROMA PRINCE S.A. ROMA
ALIMENTOS PROSALUD S.A. SARDIMAR, TESORO DEL MAR

SETIMO. DE LOS PREMIOS. Un (01) vehículo Yaris Hatchback 2025.

Fechas del sorteo y premio

                                           31 de enero de 2025             Un (01) vehículo Yaris Hatchback 2025.

 

OCTAVO. DE LA ELECCION DEL GANADOR. La elección del ganador del sorteo se realizará en la fecha estipulada en el punto sétimo del presente Reglamento, siguiendo la dinámica de  seleccionar  el ganador del premio tomando  los datos de las acciones electrónicas del Sistema de Información de la empresa, los cuales serán mezclados en forma digital mediante funciones aleatorias  o “random” por el equipo de Tecnologías de Información de Supermercados Compre Bien y de entre el total de acciones electrónicas participantes computadas a nombre de la persona afiliada al programa de entre el 21 de noviembre de 2024 y el 31 de enero de 2025.  En el sorteo se procederá a escoger aleatoriamente y al azar los números de acciones electrónicas favorecidas con la promoción. El ganador de la acción electrónica favorecida será contactado de forma inmediata, haciendo uso de los datos personales que ofreció al completar la hoja de afiliación al programa Cliente Frecuente Compre Bien; para constatar la identidad y los datos del ganador; y determinar si cumple con los requisitos para ser declarado ganador (a).

NOVENO. DE LA ENTREGA DE LOS PREMIOS.

  1. El “SUPERMERCADO” procederá a entregar o hacer efectivo el premio en forma inmediata o conforme las indicaciones del ganador, según los datos que existen en la base de datos de la empresa, con la información de la hoja de afiliación del programa de Cliente Frecuente Compre Bien y se constatarán los datos mediante llamada telefónica, verificando primeramente los datos y una vez confirmados éstos, indicándole cuál es el premio que obtuvo.
  2. La acción electrónica seleccionada como ganadora será declarada de esa forma hasta el momento en que se verifiquen los datos del titular, tomando la referencia de información que aparece en la hoja de afiliación que se mantiene en la base de datos de la empresa.
  3. El resultado del ganador se dará a conocer en el punto de venta de Esparza, mediante la publicación y exhibición del nombre de este.

DECIMO. DE LA REGULACION DE LA ENTREGA DE LOS PREMIOS

  1. El premio es intransferible, por tanto, el “SUPERMERCADO” entregará únicamente el premio al titular de la acción electrónica, siempre y cuando coincidan los datos estipulados en la hoja de afiliación con la identidad del titular, para lo cual deberá presentar e identificarse con la cédula de identidad que se mantiene en la base de datos de la compañía. El plazo máximo para reclamar el premio ante el “SUPERMERCADO” por parte de cada ganador(a), será de quince días naturales posteriores a la fecha de su notificación como ganador. Pasada esa fecha, caducará el derecho de reclamar o hacer efectivo el premio, y el “SUPERMERCADO” no reconocerá premio alguno, por tanto, no se verá obligado a satisfacerlo.
  2. El premio deberá ser reclamado ÚNICAMENTE por el cliente ganador, y aceptará el premio con las condiciones del mismo, liberando al “SUPERMERCADO” de toda responsabilidad. No se aceptará el reclamo de un premio que no esté amparado a la presentación del documento de identificación del ganador(a) y que coincida con los datos consignados en la hoja de afiliación.
  3. La persona que no se pueda identificar y que presente el documento de identidad y éste no coincide con los datos que aparecen en la hoja de afiliación será descalificado(a) y no tendrán derecho a reclamo o apelación alguna.

DECIMO PRIMERO. DEL COMPROMISO DE LOS GANADORES. Cada ganador(a) será responsable del uso y disfrute del premio, desde el momento mismo en que entre en posesión o disfrute del mismo.

DECIMO SEGUNDO. DE LAS RESTRICCIONES Y LIMITACIONES. La frase “APLICAN RESTRICCIONES” indica que la participación de los interesados(as), así como la propia promoción y los premios, están sujetos a condiciones y limitaciones. Estas condiciones y restricciones son las que se indican en este reglamento.

  1. A) El “SUPERMERCADO” se compromete a entregar la cantidad de premios que ha indicado en la cláusula sétima de premios del presente Reglamento.
  2. B) La responsabilidad del “SUPERMERCADO” culmina con la entrega de los premios.
  3. C) El “SUPERMERCADO” verificará los datos aportados por cada participante, después de la selección del favorecido y de previo a la entrega de los premios. Las personas que no cumplan con los requisitos señalados en el reglamento serán descalificadas.
  4. D) El derecho a un premio y el premio en sí, no es transferible, ni negociable, ni comerciable; y serán entregados únicamente al ganador(a).
  5. E) El “SUPERMERCADO” no se hará cargo de ningún gasto incurrido por el ganador(a) para retirar o hacer efectivo el premio.
  6. F) Con la finalidad de hacer público el resultado de la promoción y que la comunidad conozca al ganador, éste autoriza que su nombre y fotografías aparezcan en publicaciones y otros medios publicitarios, como entrega y recepción del premio, sin que implique esto remuneración o compensación adicional, ni reclamos por derechos de imagen.
  7. G) La coordinación para la entrega de los premios de la promoción, será durante el horario de trabajo del Supermercado Compre Bien ubicado en Esparza.
  8. H) Las fotografías e imágenes utilizadas en la publicidad de esta promoción se hacen con fines ilustrativos, por tanto, no corresponden al premio ofrecido.

DECIMO TERCERO.  DE LA FECHA DEL SORTEO.  La fecha de realización de los sorteos será la estipulada en el Artículo Sétimo de dicho REGLAMENTO el cual estará colocado en las instalaciones del punto de venta, ubicado en Esparza, Puntarenas, costado oeste del Parque Pérez.

Para más información comunicarse al teléfono 800-COMPRE BIEN o nuestra línea de WhatApp 6070-6040

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *